73.7. Cumplimentación. En este apartado se relacionarán todos los inmuebles de los que el declarante haya sido propietario o usufructuario en algún momento del ejercicio incluida la vivienda habitual y los inmuebles afectos a actividades económicas o que sean objeto de arrendamiento de negocio. NO se relacionarán en este apartado los
LasPERSONAS ARRENDATARIAS de inmuebles arrendados propiedad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Las personas interesadas en acogerse al Régimen Especial de Concierto, tendrán que hacerlo con TODAS las fianzas correspondientes a todos los contratos de arrendamiento en los que figuren como1 Régimen de los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Conforme al Título IV, Capítulo III, de la LISR, en específico el artículo 114, fracción I, de la LISR, aquellas personas que
Comienzode operaciones: 18.12.23. Objeto social: Arrendamiento de bienes inmobiliarios tanto arrendamiento turístico como arrendamiento de larga estancia.- Compraventa
Arrendamientode inmuebles destinados a vivienda. Normativa: Art. 23.2 Ley IRPF Reducción 60 por 100. En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto positivo, calculado por diferencia entre la totalidad de ingresos íntegros y los gastos necesarios que tengan la consideración de Trámitesy servicios Para arrendadores de inmuebles Régimen simplificado de confianza Anuales. Visores. Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos. Esquemas de pago de contribuciones. Informativas. Otras El REAV es un régimen opcional del Impuesto de Sociedades y se aplicará a las entidades que tengan como actividad económica principal el arrendamiento de viviendas situadas en territorio español, aunque es compatible con la realización de otras actividades complementarias y con la transmisión de los inmuebles arrendados una vez 5GxSBJW.