Imprimacionesy fijadores. Pintura para fachadas y muros de exterior. Pintura para hierro y metal. Pintura chalk paint para muebles. Proteger antes de pintar. Reparación y preparación de superficies. Productos para tratamiento de la madera. Impermeabilización y tratamiento de humedades. Papel pintado y cenefas.Conformelo dispone el inc. e, art. 103 de la LCT., la provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas, constituye un beneficio social. En caso de que el empleador no cumpliera con una cláusula
Esteproceso contradictorio es obligatorio con independencia de la antigüedad en la compañía, y por ello la empresa de este asunto, a sabiendas que estaba cometiendo una irregularidad, reconoce
Hola Ante todo decirte que la finalización del contrato de trabajo, tal y como lo denominas, puede enmascarar un verdadero despido, por lo que se hace necesario que te remitas a los servicios jurídicos de UGT, donde podrán visar y estudiar tu documentación, contratos, carta de extinción de la relación laboral etc., y te podrán decir si estamosSolicitudal trabajador de devolución de recursos, enseres, equipos, documentación u objetos puestos a su disposición para el desarrollo de sus funciones
Segúnel Real Decreto 773/1997, artículo 10, el empleado debe devolver y colocar el equipo de protección individual después de haberlo utilizado en el lugar indicado. Ropa de trabajo normal o uniformes que no están destinados a proteger la
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